A- de 2024
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Paola Andrea Meneses Mosquera
✓Claimant Municipio De Bucaramanga·Respondent Cancino Galvis Maria Smith
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Solicitudes de ejecución de obligaciones contenidas en sentencias judiciales proferidas por la Jurisdicción Contencioso Administrativa
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Tercero Administrativo Oral del Circuito de Bucaramanga y el Juzgado Quinto Civil Municipal de la misma ciudad.
Se causa la controversia entre los Despachos por una solicitud de ejecución de providencia judicial presentada por el municipio de Bucaramanga, ante el Juzgado Tercero Administrativo Oral del Circuito de Bucaramanga, con el propósito de que se libre mandamiento de pago a su favor, y en contra de una ciudadana, por el valor de las costas procesales aprobadas por el mismo despacho en el marco de un proceso de nulidad y restablecimiento del derecho.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena considera pertinente dirimir el conflicto en reiteración de la regla de decisión prevista en Auto 008 de 2022, según la cual, “el conocimiento de las solicitudes de ejecución de condenas impuestas en sentencias judiciales proferidas por jueces de la jurisdicción de lo contencioso administrativo, formuladas a continuación del proceso en el que se emitieron las condenas cuya ejecución se reclama, corresponde a esa misma jurisdicción de acuerdo con los artículos 298 y 306 del CPACA y el artículo 306 del CGP”, por cuanto ha de entenderse que la solicitud de ejecución de providencias “pretende el cobro de la condena, para que la providencia se cumpla dentro del mismo proceso”, que no constituye una nueva “demanda ejecutiva separada o independiente”.
Por tanto, “es el mismo juez de conocimiento, esto es, aquel que profirió la sentencia condenatoria, el competente para conocer de esa solicitud de ejecución”.
En consecuencia, la Corte dispone el envío del expediente al Juzgado Tercero Administrativo Oral del Circuito de Bucaramanga para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite y al Juzgado Quinto Civil Municipal de la misma ciudad.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (7 points)
- Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado
- Tercero. Administrativo Oral del Circuito de Bucaramanga y el Juzgado
- Quinto. Civil Municipal de la misma ciudad, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado
- Tercero. Administrativo Oral del Circuito de Bucaramanga es la autoridad competente para conocer la solicitud de ejecución de sentencia presentada por el Municipio de Bucaramanga contra María Smith Cancino Galvis.
- Segundo. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-5804 al Juzgado
- Tercero. Administrativo Oral del Circuito de Bucaramanga para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite y al Juzgado
- Quinto. Civil Municipal de la misma ciudad.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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